Cumplimiento de Legislación.
- Todo colaborador deberá de dar estricto cumplimiento a todas las leyes, reglamentos y normas vigentes que se relacionen con el desempeño de sus funciones, así como en su vida cotidiana.
- Es responsabilidad de todos los colaboradores estar informados de cualquier actualización en la legislación, reglamentos y normas vigentes.
- Así mismo, es responsabilidad de los colaboradores el procurar que todo externo en relación con Recsa, de cumplimiento a la legislación, reglamentos y normas vigentes que le apliquen.
Competencia económica.
- Todos los colaboradores, deberán dar un estricto cumplimiento a las leyes de competencia económica.
- El éxito de la empresa debe estar basado en su calidad, competitividad en precio, calidad y entrega, por lo tanto, no se usará ningún método ilegal para obtener una ventaja competitiva.
- Estas prácticas ilegales que podrán violar la libre competencia económica podrán incluir: fijar precios, distribución de clientes, obstaculizar la participación en un mercado, o cualquier fijada por la ley.
- En caso de tener información privilegiada, lo conducente será comunicarlo a tu superior o en su caso al departamento legal.
Conducta de colaboradores.
- Los colaboradores del grupo Recsa, deberán de vigilar los siguientes principios de conducta:
- En todo momento se deberán de manejar con probidad, tanto dentro de sus funciones como en su vida cotidiana.
- Se deberá dar estricto cumplimiento a la legislación y normas aplicables, así como a las políticas internas.
- Se deberá dar un trato digno a todas las personas, quedando prohibido cualquier tipo de discriminación sin importar su nivel jerárquico, sexo, edad, nivel socio económico, etnia, religión o preferencias sexuales.
- La puntualidad es un valor indispensable para la empresa, tanto en las entregas, sus compromisos, en sus reuniones, respetando el tiempo de los demás.
- El acoso y hostigamiento laboral queda estrictamente prohibido.
- Los colaboradores del Grupo Recsa, deberán de vigilar los siguientes principios de conducta:
- Los colaboradores deberán vigilar trabajar con las más amplias normas de seguridad e higiene, dando estricto cumplimiento a las normas oficiales aplicables, así como las políticas internas del Grupo.
- Se deberá de seguir un ambiente laboral donde predomine el respeto y la equidad.
- Cualquier contratación, promoción, aumento o beneficios deberán ser otorgados basados en los resultados de cada individuo, los cuales deberán de ser medibles y supervisados por el superior jerárquico.
- Se deberán respetar los espacios comunes y los privados, por lo tanto, todos los colaboradores deberán mantener los espacios del Grupo con orden, limpieza y seguridad.
- Los colaboradores del grupo Recsa, deberán de vigilar los siguientes principios de conducta:
- El uso de las redes sociales por parte de los colaboradores deberá ser cuidadoso, evitando publicar información que se considera confidencial o propiedad de Grupo Recsa, información privilegiada o de terceros que no sea del dominio público. Así mismo, inclusive cuando realicen publicaciones personales, deberán de cuidar que sus publicaciones no seas agresivas, con insultos, ofensas, desprecio a cualquier persona, empresa o tercero.
Cumplimiento a políticas internas.
- Será responsabilidad de los colaboradores, accionistas, consejeros o cualquier persona relacionada, el dar puntual seguimiento a las políticas internas del grupo.
- Por lo tanto, deberán tener pleno conocimiento respecto a las políticas que le sean aplicables a sus labores. Así mismo, deberá hacer cumplir las políticas respecto a terceros como proveedores, socios comerciales, o partes relacionadas.
Uso y manejo de la información.
- La información de la empresa debe ser manejada con la más amplia confidencialidad, siendo responsabilidad de todos los colaboradores, accionistas y consejeros el salvaguardar toda la información privilegiada y sensible.
- Por lo tanto, deberá dar un debido resguardo a la información que tenga bajo su responsabilidad.
- Así mismo, no se deberá divulgar ningún tipo de información, sin tomar las precauciones necesarias para ello.
- La información que sea entregada por parte de terceros deberá de igual forma ser resguardada como si fuera propia, con el cuidado y confidencialidad que se merece.
- Toda la información deberá de ser respaldada (en esta parte se deberá definir como se debe respaldar la información)
Conflicto de intereses.
- Existe conflicto de intereses cuando los intereses de un colaborador ya sea personal o financiero, sea influenciado por un interés secundario que pueda comprometer la integridad de las acciones.
- Los colaboradores no deberán de ponerse en una situación de conflicto de intereses o que se pueda interpretar como una.
- En el supuesto de que se presente un conflicto de intereses, el colaborador deberá de dar aviso a su superior jerárquico o al comité de ética para tomar las medidas preventivas necesarias.
- Todos los colaboradores deberán firmar un compromiso de no incurrir o avisar de un conflicto de intereses siempre desde un principio o cuando éste se pueda ocasionar.
- Lo anterior debido a que todas las asociaciones, compras, subcontrataciones deben ser realizadas conforme a las mejores condiciones de precio, calidad, experiencia, servicio y tiempo, por lo tanto, no debe haber factores externos que deban influir en la toma de decisiones.
- Se considera conflicto de intereses cuando se presente cualquiera de las siguientes:
- Que con la toma de decisiones pueda haber un beneficio personal o financiero hacia un colaborador, algún familiar, algún amigo o asociado.
- El otorgar o recibir regalos, atenciones, invitaciones, comidas o beneficios que influencien las decisiones sobre proveedores, socios comerciales, subcontratistas, prestadores de servicios o cualquier contratación que se realice por o para el Grupo. (se debe hacer política sobre regalos y comidas).
- El tener alguna relación personal, familiar o de amistad con algún directivo de una empresa ajena al Grupo, socio comercial, proveedor, prestador de servicios o subcontratista.
- Si algún familiar, amistad o asociado trabaja para los competidores de alguna de las empresas del Grupo.
- También se entenderá como conflicto de intereses cuando parientes consanguíneos o en relación de pareja, trabajen en alguna empresa del Grupo, en caso de que se de esta situación, se deberán seguir los siguientes lineamientos:
- Deberán de dar aviso a su superior jerárquico o al Comité de Ética.
- No deberán trabajar para la misma área.
- No deberá haber relación de subordinación.
- No debe haber interacción por cuestiones laborales entre.
Medio ambiente y seguridad.
- Recsa está comprometido en brindar un lugar de trabajo seguro y limpio, por lo tanto, será responsabilidad del colaborador el dar seguimiento a las políticas de seguridad que maneja el Grupo, así como usar y mantener en buen estado todos las herramientas de trabajos y equipos otorgados por la empresa.
- De igual forma, los colaboradores deberán de cuidar del medio ambiente mediante el cuidado de los recursos, como consecuencia, se deberá de racionalizar el uso de papel, impresiones, luz y el agua que se utiliza.
Uso de datos personales.
- Grupo RECSA y sus colaboradores, serán atentos y cuidadosos con los datos personales en posesión de particulares, en términos del aviso de privacidad que se encuentra en recsa.mx/aviso-de-privacidad/.
- Debe ser responsabilidad de cada colaborador el dar debido resguardo a la información de los terceros, debiendo así mismo, cumplir con la confidencialidad que se pacte con los terceros, resguardardando dicha información como si fuera del propio Grupo.
Contribuciones políticas.
- El Grupo RECSA no tiene afiliaciones políticas, por lo tanto, quedan prohibidas cualquier tipo de contribución a funcionarios, partidos políticos, políticos independientes o cualquier tipo de erogación para fines políticos o electorales.
- Todos los colaboradores podrán ejercer su derecho de afiliación política libremente, sin realizar proselitismo dentro de la empresa.
Donaciones y patrocinios.
- Cualquier donación o patrocinio deberá ser autorizado por el Comité de Ética que forme la empresa, debiendo tomar en consideración que éstas no representen una ventaja competitiva ante algún Cliente, proveedor o cualquier efecto que pueda ser considerada como conflicto de intereses.
Protección a los activos de RECSA.
- Para el ejercicio de sus funciones, Grupo Recsa ha otorgado diversas herramientas y equipos, los cuales deben ser cuidados, vigilados y tratados con toda la responsabilidad como si fueran propios, debiendo seguir las políticas de cuidado publicadas por la empresa.
- Los activos de Recsa deberán de ser utilizados de una manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, teniendo el compromiso de maximizar el uso eficiente de recursos.
- Así mismo, en caso de robo, los colaboradores deberán de dar aviso de inmediato a las autoridades competentes y al encargado de los equipos o herramientas.
Prevención de corrupción y lavado de dinero.
- Está prohibido para los directivos, colaboradores y consejeros, el otorgar o recibir cualquier pago y ser partícipe de cualquier práctica ilegal.
- No se podrán dar o recibir pagos para facilitar trámites, decisiones, contratos o cualquier beneficio para Recsa.
- Asimismo, se encontrará prohibido el recibir u otorgar cualquier tipo de incentivo que signifique alguna ventaja.
- Se entiende por Lavado de dinero, cualquier transacción tendiente a esconder el origen real de fondos ilícitos o para hacerlos ver como que han sido obtenidos de actividades legítimas, inclusive el esconder los orígenes de activos de origen delictivo, ya sea dinero u otras propiedades.
- Grupo Recsa está comprometido en nunca facilitar o apoyar el lavado de dinero, cumpliendo en todo momento con las leyes y regulaciones aplicables, evitando involucramiento en operaciones que puedan ser o estén relacionados con activos de origen delictivo y es por ello que evaluamos nuestras relaciones comerciales para asegurar su integridad.
- Si durante el desarrollo de negocios o actividades comerciales, la contraparte se niega a proporcionar información o existe sospecha de que se encuentran haciendo actividades ilegales, se deberá de denunciar o contactar al departamento jurídico.
Divulgación del Código de Ética.
- Todos los colaboradores deberán de conocer, cumplir y hacer cumplir las disposiciones del Código de Ética, debiendo hacerlo llegar a nuestros proveedores, contratistas, consejeros, socios comerciales, clientes o cualquier persona con la que se tenga una relación comercial.
- Los colaboradores deberán de firmar su compromiso con el cumplimiento de los establecido en el Código de Ética e involucrarse en su aplicación y divulgación.
- El presente Código tendrá revisiones periódicas, las cuales serán enteradas a los colaboradores, por lo tanto, se harán capacitaciones y compromisos continuamente.
Denuncia.
- Los colaboradores estarán obligados a denunciar cualquier falla que se realice al Código de Ética, haciendo uso de los diversos canales de denuncia para que puedan hacerse ya sea directas o anónimas.
- No habrá ningún tipo de represalia en contra de la persona que presente una denuncia y se dará un seguimiento e investigación a todas las denuncias presentadas.
- Los canales de denuncia son mediante correo electrónico a cualquiera de los siguientes
Comité de Ética.
- El Oficial de Ética, vigilará el cumplimiento al presente Código, con la participación del Comité de Ética, que de seguimiento a las denuncias, y revisiones periódicas al Código de Ética, realizará las investigaciones pertinentes y tome decisiones sobre las actuaciones que procedan en su caso de violación a las disposiciones éticas del Grupo.